TRIENIOS DE LOS TRABAJADORES TEMPORALES
OVIEDO, 1 JULIO 2008.
En la nómina de Junio por fin se da cumplimiento a lo que establece la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público en cuanto el derecho de los trabajadores temporales a cobrar antigüedad. Reivindicación histórica para este Sindicato y que se plasmó en el texto definitivo de la Ley después de las alegaciones presentadas desde nuestra Área Pública, ya que en el anteproyecto no figuraba.
En una primera tanda de pagos cobrarán entre 500 y 600 trabajadores/as temporales, para resolver en próximas fechas los restantes.
Hemos venido informando desde Abril del 2007 que el derecho a la antigüedad recogido en el EBEP era de aplicación al personal estatutario temporal, otros no solo decían lo contrario ”CEMSATSE, USIPA/SICEPA Y SAE”, si no que nos acusaban de electoralistas y oportunistas. El Estatuto Básico del Empleado Público es fruto de la negociación del Ministerio de Administraciones Públicas y los Sindicatos CC.OO, UGT y CSI/ CSIF porque los Sindicatos profesionales de corte amarillo no están en la Mesa General Estatal de los Empleados Públicos, por lo tanto, es justo que los Sindicatos de nuestro ámbito lo reconozcan, los trabajadores hace tiempo que lo han hecho.
Por último, dando cumplimiento al Pacto entre la Administración y las Organizaciones Sindicales CC.OO, UGT, CSI/CSIF y SAP representativas en el ámbito de las Administraciones Públicas de 28 de Julio de 2005, el complemento específico de la paga extraordinaria de Junio se ve incrementado en un 16 % con respecto a la de Diciembre de 2007.
*LOS AFILIADOS TEMPORALES TIENEN QUE HACER LLEGAR A LA SECCIÓN SINDICAL UNA COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD CUANDO LA RECOJAN EN PERSONAL A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.
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